El Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán destaca la importancia de la decisión del Ministerio de Salud, mediante la Resolución Ministerial 167 – 2010/MINSA, que hace de conocimiento público que la anticoncepción oral de emergencia tiene como única finalidad evitar los embarazos no deseados, impidiendo la fecundación, y que ordena su redistribución gratuita.
Paul Flores, coordinador del Programa Derechos Sexuales y CiudadanÃa en Salud del Centro Flora Tristán, considera que esta decisión restituye el derecho que tienen las mujeres a prevenir embarazos no deseados. “Ahora las mujeres podrán decidir libremente sobre sus cuerpos y su reproducción, esto se traduce en mejores condiciones de vida para ellasâ€, agregó.
Ante los comentarios suscitados respecto al supuesto delito contra la administración de justicia, la abogada Ivonne Macassi, coordinadora del Programa de Derechos Humanos del Centro Flora Tristán, comenta que “con esta medida el Ministerio de Salud no desacata ninguna orden del Tribunal Constitucional, lo que ha hecho es cumplir con uno de los requisitos que éste exigÃa, que consiste en cerciorarse hasta tener el grado de certeza que el fármaco no produce efectos secundarios dañinos para la saludâ€.
La AOE, como lo señaló el ministro de Salud Oscar Ugarte, tiene un respaldo técnico y cientÃfico de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), que no daña la salud de las mujeres y no produce efectos secundarios mortales.
Ahora las mujeres peruanas, sobre todo las más pobres, podrán acceder a este método anticonceptivo para evitar un embarazo no deseado. Ello contribuirá a la lucha efectiva contra el aborto inseguro, la disminución de los embarazos en adolescentes y embarazos producto de una violación, entre otros. (C.M.P. Flora Tristán)

